lunes, 24 de enero de 2011

LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

ARTÍCULOS DE LA "Constitución Española de 27 de diciembre de 1978"(BOE del 29 de diciembre de 1978).

Artículo 134.

1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.

2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

Vídeo sobre la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado.

Video PGE 2011


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